5 consejos para contratar el mejor seguro de salud

Si es la primera vez que contratas un seguro de salud es importante dedicar el tiempo suficiente para tomar una buena decisión. Debes tener muy claro que servicios necesitas y cuánto vas a pagar por ellos. Con Grupo Quílez puedes contratar el seguro de salud que se adecue a tus necesidades con amplias coberturas que van desde medicina general, hasta especialidades, pruebas diagnósticas, urgencias y hospitalización. Sigue estos cincos consejos para contratar el seguro de salud que mejor se adapte a tus necesidades.

Periodo de carencia
El periodo de carencia es el tiempo que transcurre hasta que se puede utilizar un servicio de asistencia sanitaria. Los más comunes suelen ser el embarazo, parto y postparto. Dependiendo de la aseguradora, normalmente, debe transcurrir un periodo de entre 6 y 10 meses desde que se contrata el seguro hasta que se recibe ese servicio.

Cobertura Geográfica
Si eres una persona que sueles viajar de forma asidua, te interesa comprobar el límite de la cobertura geográfica de la póliza que has contratado. A veces, solo cubren las asistencias médicas en España, dejando fuera cualquier lugar del extranjero.

Exclusiones
Cuando vas a contratar un seguro médico es muy probable que la aseguradora te pida que rellenes un formulario sobre tu estado de salud. En ocasiones, algunas aseguradoras, excluyen de la póliza las enfermedades preexistentes, es decir, los tratamientos derivados de una enfermedad que tenías antes de contratar la póliza quedarán fuera de cobertura.

Cuadro médico
Es importante saber qué médicos o centros están asociados a una compañía aseguradora.

Con o sin copago
El copago es la cantidad que se paga por la utilización de un servicio médico. Algunas compañías los tienen ya incluidos en el importe mensual, sin embargo otras los cargan por cada uso.

Ante una enfermedad o urgencia hospitalaria, desde Grupo Quílez solo queremos que te depositen la atención que mereces, sin listas de espera y con la posibilidad de elegir el especialista de mayor confianza. Si necesitas ayuda para contratar tu seguro de salud, llámanos al 962720142. ¡Te atenderemos encantados!

APROCOSE analiza los retos del sector a través de la opinión de las principales aseguradoras

El pasado miércoles 19 de junio APROCOSE llevó a cabo en el edificio de la Bolsa de Valencia la XVIII edición del Quieres Saber que analizó el futuro del sector asegurador a través de diez preguntas formuladas a representantes de las principales entidades aseguradoras españolas. El acto, que contó con la presencia de los profesionales del GRUPO QUÍLEZ, contó con la asistencia de más de un centenar de profesionales que llenaron el recinto de la institución bursátil.

En su discurso de apertura Martín Julián Rojo, presidente de APROCOSE, señaló el “pleno compromiso de la Asociación con el progreso de nuestro sector y con la mejora continua de la figura del corredor de seguros, ya que es algo que está en nuestro ADN”. Rojo también recordó otras iniciativas de APROCOSE como el Curso Superior en Gestión de Riesgos y Seguros, cuya segunda edición se celebrará a partir de octubre, apuntando que “es la aportación de APROCOSE para reivindicar la figura del corredor de seguros y para prepararnos para competir con todas las garantías en un mercado cada vez más complejo, en el que debemos reivindicar nuestro carácter de asesores especializados con un alto nivel de formación y profesionalidad”.

El acto de APROCOSE, conducido por el responsable de Formación, Juan José Gómez, contó con las intervenciones de Carlos Hernández, director general adjunto comercial de SegurCaixa Adeslas; Fernando Calvín, director territorial Levante-Baleares de AXA; Ángela Mateos, directora general de Musepan; Francisco Le-Senne, subdirector general de Prebal, y Javier Montoya, director de gestión y control comercial de Plus Ultra Seguros.

Los ponentes del Quieres Saber contestaron de manera unánime la primera de las preguntas, sobre si el aumento de la longevidad afectará a la rentabilidad del sector asegurador, coincidiendo en mostrar un claro optimismo y en señalar que no es el único factor que afectará a la rentabilidad.

Retos como el carsharing, el vehículo autónomo o las nuevas formas de movilidad también fueron abordadas por los ponentes, respondiendo que el sector ya se está adaptando y estudiando las tendencias futuras a largo plazo. Además se destacó que, pese a que se reducirá la siniestralidad “a largo plazo”, aparecerán nuevas necesidades aseguradoras, como los ciberataques al software de los vehículos autónomos, manteniéndose otras como los daños por fenómenos naturales.

Otra de las cuestiones abordadas fue el futuro del corredor en la distribución de seguros masa, que tiene una perspectiva positiva en opinión de los ponentes, “siempre y cuando se adapte tecnológicamente y, sobre todo, se especialice y ponga en valor su asesoramiento”. También se consideró necesario el aumento de la cifra de negocio de otros productos, como Salud, Vida-Riesgo o RC.

La necesaria implantación de EIAC y la mejora del servicio de postventa en las aseguradoras mediante la figura del mediador de seguros fueron otras de las preguntas respondidas en este Quieres Saber, durante el cual las entidades avanzaron algunas acciones para mejorar la experiencia del cliente.

Clausura de Paco Álvarez como director general de Economía
Paco Álvarez, director general de Economía, Emprendimiento y Cooperativismo en funciones, clausuró la XVIII edición del Quieres Saber de APROCOSE. Álvarez puso en valor la supervisión realizada por Jesús Valero al frente de la Unidad de Mediación de la Generalitat Valenciana por su «ayuda al sector», e insistió en la labor social del seguro y en su pertenencia al sector de servicios financieros. Álvarez enfatizó que el seguro “es el médico social que evita grandes desastres en familias y empresas», y agradeció al sector su acogida durante estos cuatro años.

Martín Julián Rojo quiso agradecer a Álvarez “la deferencia de participar en todos los actos a los que tanto APROCOSE como el resto de actores de la mediación hemos convocado, para mostrar su apoyo y cercanía. Le quiero agradecer estos cuatro años y decirle que siempre tendrá en APROCOSE un lugar en el que será bien recibido”.

APROCOSE presenta la segunda edición del Curso Superior en Gestión de Riesgos y Seguros con un vídeo explicativo

APROCOSE impulsa por segundo año consecutivo la celebración del Curso Superior en Gestión de Riesgos y Seguros por la Universidad CEU Cardenal Herrera e impartido por AGERS, que además ha diseñado los contenidos. El curso también cuenta con la colaboración del Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Valencia y en su primera edición contó con la participación de la directora técnica de Grupo Quílez, Mónica Quílez.

El plazo de matriculación de esta segunda edición se abrirá en los próximos días, pero como adelanto APROCOSE ha realizado un vídeo promocional en el que se recogen diferentes argumentos para que los profesionales conozcan el curso y sean conscientes de lo acertado de hacer una inversión cuya rentabilidad es inmediata.

Según Martín Julián Rojo, presidente de APROCOSE, “el balance que hacemos de este curso es muy positivo, no sólo por el número de alumnos inscritos en la primera edición sino, sobre todo, por el nivel de excelencia de los conocimientos transmitidos”. Para Rojo, “la formación y la mejora continua de los corredores de seguros y de todo el sector asegurador se encuentra en el ADN de APROCOSE, por lo que siempre tratamos de que nuestras actividades cuenten con un nivel óptimo que responda a las expectativas y necesidades del sector”.

Más información sobre el curso, en este enlace.

Grupo Quílez se forma para mejorar el servicio a sus clientes

El pasado día 24 de mayo tuvo lugar el acto de clausura de la primera edición del Curso Superior en Gestión de Riesgos y Seguros impulsado por APROCOSE junto con el Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Valencia, impartido por AGERS y enmarcado en la oferta formativa de la Universidad CEU Cardenal Herrera. Un curso en el que ha participado desde el pasado mes de octubre nuestra directora técnica, Mónica Quílez, que recogió personalmente el diploma que acredita la satisfactoria finalización de estos estudios, que son pioneros en Valencia.

La decana de la Facultad de Derecho, Empresa y CC. Políticas, Esperanza Ferrando, dio la bienvenida a los asistentes a la sede de la universidad CEU Cardenal Herrera, señalando que “el sector asegurador supone el 7% del PIB nacional y da trabajo directo a unas 14.000 personas aunque carecen de la posibilidad de adquirir los conocimientos normativizados necesarios”. Por ello, para Ferrando “este curso pretende solucionar este problema” y agradece a AGERS, al Colegio Profesional de Mediadores de Seguros de Valencia y a APROCOSE “el haber confiado en nosotros”.

El presidente de APROCOSE, Martín Julián Rojo, quiso transmitir su más profundo agradecimiento tanto AGERS como a la Universidad CEU Cardenal Herrera por “hacer realidad un sueño que tuvimos en APROCOSE hace muchos meses” y que a día de hoy “se ha consolidado hasta el punto de tener asegurada su continuidad en una segunda edición que comenzará el próximo mes de octubre”. Para el presidente de APROCOSE el balance de esta primera edición “es inmejorable” pues “este curso es una inversión de alto valor añadido para el profesional del seguro, ya sea corredor o personal de entidades aseguradoras”. Por último, resaltó que es la primera vez que un curso de estas características se realiza en Valencia siendo “una valiosa oportunidad para los profesionales valencianos”.

Tras estas palabras, el presidente de APROCOSE le cedió el turno al director del Curso Superior en Gestión de Riesgos y Seguros, Javier Álvarez Sánchez quién centro su presentación en dar las gracias a cuatro colectivos “que han sido cruciales en el desarrollo de este curso” como son “las autoridades académicas, los mártires del proyecto que a pesar de no estar en primera línea han hecho posible este curso, a los profesores que han sabido comunicar los conocimientos del programa y por supuesto, a los alumnos”.

Javier Álvarez dio paso a la entrega de los títulos acreditativos a los alumnos que han completado el Curso Superior en Gestión de Riesgos y Seguros impulsado por APROCOSE. El Coordinador del curso, Pedro Caja Meri, fue el encargado de llamar a los alumnos para que los seis representantes de las diferentes organizaciones les entregaran sus títulos.

La clausura corrió a cargo del director general de Economía, Francisco Álvarez, que destacó la importancia de la educación y la formación “en la sociedad en general” pero “particularmente en vuestra profesión porque tenéis una función social muy importante, ya que evitáis grandes catástrofes”. En palabras del director general “es un orgullo compartir este momento con vosotros”. Para finalizar su intervención usó un refrán chino “sí quieres comer durante un año siembra semillas, sí quieres comer durante 15 años siembra árboles y sí queréis comer durante toda la vida educa a tu pueblo”.

Al acto también asistieron el jefe de la unidad de mediación de la Generalitat Valenciana, Jesús Valero; el presidente de AEMES, Jorge Benítez; la gerente de AGERS, Alicia Begoña Soler; el gerente del Colegio de Valencia, Rafael Perales; el director del área de Seguros del curso, Gonzalo Iturmendi, y los miembros de la comisión de formación que han sido el alma máter de este curso, Juan Miguel López y Juan José Gómez.

Nuevos delitos por los que podrían condenar a tu empresa

Los delitos penales se suelen atribuir a personas físicas porque es más sencillo asignar a un culpable. Sin embargo, la importante responsabilidad que tienen hoy en día las empresas ha propiciado que deban responder por sus actuaciones ilícitas. En primer lugar, cabe destacar que las sociedades no se enfrentan a cualquier delito, sino solo a aquellos especificados en el Codigo Penal para personas jurídicas.

A partir del pasado 13 de marzo entró en vigor la Ley Orgánica 1/2019, de 20 de febrero, que amplía el listado de delitos a más de una veintena, por lo que es recomendable establecer un plan de compliance penal que asesore en materias legales a la empresa y gestione y prevenga estas responsabilidades tanto de la entidad como de sus administradores y empleados.

Los nuevos delitos
Uno de los delitos incorporados en la última reforma es la comunicación ilícita de información privilegiada, que trata de evitar que las empresas utilicen una situación ventajosa para circunstancias ajenas al negocio y que «pone en peligro la integridad del mercado y la confianza de los inversores» según el artículo 285 bis. En este caso se han aumentado los hechos que constituyen una infracción y se ha concretado cuáles son las situaciones de acceso a información reservada. El castigo puede quintuplicar el beneficio obtenido e incluso vetar a la empresa de determinadas actividades.

Asímismo se ha reforzado la penalización del fraude financiero con la malversación, que controlará la apropiación indebida de fondos públicos o la administración de forma desleal. En la pena se han incluido los fondos de la Unión Europea y se ha rebajado la cuantía considerada como delito de 120.000 euros a 10.000 y en caso de superar los 100.000 se agravará la condena.

Otra de las medidas es endurecer la lucha contra el terrorismo, que ha ampliado las responsabilidades de la empresa. Anteriormente, ya estaba penada la financiación y la organización terrorista y se ha incluido la colaboración, la exaltación el enaltecimiento, el adoctrinamiento y la incitación al terrorismo.

Penas y multas
Las multas económicas se han endurecido considerablemente tras esta reforma, pero también puede suponer el cese de la actividad, la disolución de la sociedad o la inhabilitación, según la gravedad y reincidencia. En el caso de que el afectado sea un trabajador de servicios de inversión, una entidad de crédito, una autoridad supervisora o reguladora o una entidad rectora de mercados regulados, se considerará un agravante para aplicar la pena.

Ante el creciente empleo fraudulento de la tecnología, la ley ha endurecido las penas referentes a los delitos informáticos que incluye el uso indebido de los datos personales, el robo de datos de los sistemas de información o la destrucción de los mismos, entre otros. Una novedad es la penalización del uso de las tecnologías de la información para alterar los precios y campañas de marketing de forma engañosa.

En caso de producirse una infracción, es importante contar con un sistema de compliance que puede llegar a exonerar de toda obligación. Si deseas informarte de los requisitos legales que debe tener tu empresa para implantarlo y operar de forma segura o bien revisar las políticas para adaptarlo a la nueva reforma, no dudes en contactar con Grupo Quílez para recibir el mejor asesoramiento.

Declaración de la Renta: los cinco errores más comunes

El pasado 1 de abril comenzó la campaña de la Declaración de la Renta 2019. Este trámite administrativo, que dura hasta el 1 de julio, es uno de los mayores quebraderos de cabeza de los contribuyentes pues el desconocimiento y las prisas, a veces, nos hacen cometer errores que son tan frecuentes como evitables y que pueden tener graves consecuencias.

Los cinco errores más comunes a la hora de realizar la Declaración de la Renta son:

1. Cambios en la situación familiar. Lo primero que debes tener en cuenta para realizar la declaración de la renta son los cambios de estado civil, defunciones, divorcios o nacimientos, así como comprobar que Hacienda tiene tus datos actualizados a la hora de presentar tu declaración. Lo mismo ocurre si has tenido hijos, ya que puedes beneficiarte de las deducciones o beneficios tributarios. Recuerda que el borrador de la renta puede contener errores, por lo que debes revisarlo siempre.

2. Declaración conjunta o individual. Para tener opción de realizarla de forma conjunta, los contribuyentes deben formar parte de una unidad familiar, es decir, estar casados, tener hijos en común o ambas. Realizar la declaración de forma conjunta puede ser interesante: para los matrimonios en los que uno de los cónyuges no recibe ingresos o para las familias monoparentales, cuando los hijos no perciben rentas. Sin embargo, las parejas de hecho sin hijos no pueden optar por la tributación conjunta. En la mayoría de los casos no merece la pena realizarla de forma conjunta si los dos trabajan. En Grupo Quílez podemos asesorarte y darte la mejor opción para tu caso.

3. Hacer la declaración o no. Según la Agencia Tributaria, están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España. No tendrán que hacerlo aquellos que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales siempre y cuando procedan de un solo pagador. Tampoco cuando existan varios pagadores, no se supere la cuantía total de 12.643 € (12.000 € si el contribuyente falleció antes del 05/07/2018) y la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros, o cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas.

4. No incluir deducciones fiscales. Algunos de los errores más habituales que encontramos en el borrador es por ejemplo: no aplicar correctamente las deducciones por el nacimiento de un hijo durante el ejercicio fiscal o las que corresponden por la adquisición de la vivienda habitual, así como las autonómicas.

5. Planes de pensiones. A pesar de que el borrador tiene incluidas las aportaciones a planes de pensiones de acuerdo a los datos suministrados por la gestora, conviene verificarlos antes de validarlo. Y es que estas aportaciones permiten rebajar la base imponible.

Debes ser consciente de que la Agencia Tributaria no se responsabiliza de los errores, aunque el fallo estuviera en el borrador, por lo tanto, el mejor consejo que os podemos dar desde Grupo Quílez es repasar con calma la declaración de la renta y comprobar que todos los datos estén correctos. Y, si tienes dudas, consultar a nuestros profesionales y confiar en la profesionalidad y experiencia de Grupo Quílez.

Nuevos cambios para sacarse el permiso de conducir en 2019

Imagen de Silvia Iniesta Cogolludo de Pixabay

La Dirección General de Tráfico ha promovido diferentes medidas que variarán significativamente la forma de obtener el permiso de conducir con el objetivo de reducir la alta siniestralidad de las carreteras españolas y que se prevé que entre en vigor el 1 de julio.

Para realizar el examen teórico común (por ej. teórico del permiso B), será necesario recibir al menos ocho horas de un curso presencial que pondrá especial atención a los colectivos vulnerables en la carretera, los factores de riesgo de accidentes, los sistemas de seguridad y normas de circulación. Otro de los puntos que se incluirá en estos cursos es el tratamiento de los accidentes como un problema de salud pública que podrá contar con testimonios presenciales o en vídeo de víctimas. El objetivo de este curso es concienciar de la responsabilidad que se asume al conducir pero también evitar que haya conductores que aprueben el test sin acudir a clase.

Los cambios pensados para el examen teórico impedirán que el aspirante apruebe a base de repetir las preguntas de los test, sino que se proyectará un vídeo en el que se deberán señalar las situaciones de riesgo o las formas de actuación más seguras que se asemeje más a situaciones reales. Además se aumentará el tiempo para realizar el examen pero se disminuirá el número de fallos permitidos a un 10%, mientras que actualmente se mantiene en un 20%.

El examen práctico también se enfrenta a importantes cambios. El primero de ellos es que si se suspende la primera convocatoria se deberán esperar quince días para volver a examinarte. Si se vuelve a suspender se tendrá que esperar treinta días para evitar que los alumnos se presenten poco preparados. Además, con este mismo objetivo, el alumno deberá realizar cinco prácticas obligatorias entre el suspenso y la siguiente oportunidad.

La autoescuela Grupo Quílez se adapta a los próximos cambios con la finalidad de que nuestros próximos alumnos se saquen el permiso de conducir de la forma más sencilla posible. Si estás pensando en sacarte el permiso de conducir no dudes en preguntar. ¡Prepárate para obtener tu permiso con nosotros!

Mi inquilino no paga el alquiler… ¿qué puedo hacer?

Una de las situaciones más temidas por un propietario a la hora de alquilar una vivienda son los impagos por parte de los inquilinos. En los últimos años el mercado de alquiler ha crecido mucho pero también se ha creado cierta incertidumbre debido a la aprobación y posterior derogación del Real Decreto Ley de Alquileres. Esto ha disparado la demanda informativa sobre los seguros de impago de arrendamiento, es decir, cada vez son más los propietarios que apuestan por alquilar una vivienda pero contando con el respaldo de un seguro de protección de alquiler.

Este tipo de seguros, afirma Grupo Quílez, ofrece la posibilidad al propietario de una vivienda de contar con un apoyo legal para que en caso de impagos por parte de un arrendatario poder recuperar su dinero del alquiler. Es decir, un seguro de impago de alquiler es una de las mejores soluciones para todas las personas que quieran ceder en alquiler algún piso o casa para combatir la morosidad. Ten en cuenta que elegir un buen seguro es tan importante como elegir un buen inquilino.

Por ello, lo primero que debes ver es que coberturas ofrecen las aseguradoras, en la mayoría de los casos este seguro incluye los desperfectos en la vivienda, la defensa y reclamación en contratos de arrendamiento, reclamación en pólizas, defensa penal, reclamación de daños, reclamación en contratos de reparación o mantenimiento y asistencia jurídica telefónica. Además, te ayudan a elegir al inquilino adecuado con estudios de viabilidad.

Si un propietario se enfrenta a un impago, lo primero que debe hacer es notificarlo a la aseguradora y será a partir de ese momento cuando se active el proceso judicial para presentar una demanda de desahucio junto con la reclamación de las rentas. Normalmente este tipo de póliza cubre hasta un límite de 6, 12 o 18 meses, pero dependerá de la aseguradora, al igual que el pago adelantado del total de las rentas impagadas por el inquilino.

Estos seguros, además, suelen ser asequibles para la mayoría de los propietarios. Si quieres saber el precio del seguro para tu vivienda de alquiler tienes que calcular el coste medio de la contratación de este tipo de seguros, es decir, hay que contar entre un 3% y un 5% de la renta anual del piso alquilado. Por ejemplo, si el precio del piso es de 600 euros mensuales, el precio del seguro rondará entre los 250 y 400 euros anuales.

Si eres propietario de una vivienda, en Grupo Quílez te ofrecemos la posibilidad de contratar un seguro de alquiler para que en caso de impagos por parte de un inquilino poder recuperar las mensualidades atrasadas.

Grupo Quílez estará presente en las actividades de APROCOSE en Forinvest

Grupo Quílez participará un año más en las actuividades que APROCOSE llevará a cabo en el marco de Forinvest tanto con motivo de la celebración del IX aniversario de la asociación así como en el resto de actividades programadas.

Martin Julián Rojo, presidente de Forinvest será el encargado de inaugurar el acto que contará con dos ponencias; la primera de la mano de Alejandro Mocholí hablará sobre “La aportación del Corredor de seguros en la era digital. Humanización y Digitalización” y la segunda conferencia la ofrecerá Mª Isabel Martínez Torre-Enciso, de la Fundación Universidad San Pablo CEU, que reflexionará acerca de la importancia de la formación en la universidad sobre la Gerencia de Riesgos. Para finalizar esta jornada, Aprocose entregará los premios a la Excelencia 20.

Además, también estaremos presentes el martes 5 de marzo por la tarde para presenciar la intervención de Alejandro Mocholí, miembro de la junta directiva de Aprocose, en la jornada del Foro Internacional del Seguro dedicada a la digitalización de las empresas de mediación.

Toda la información sobre Forinvest 2019, en este enlace: https://forinvest.feriavalencia.com/classes/foro-intl-del-seguro/

5 aspectos que debe cubrir un seguro de teléfono móvil

Seguro que un regalo habitual estas navidades ha sido un móvil nuevo, un dispositivo muy caro y personal que no queremos que se rompa ya que no solo se usa para hablar sino que se ha convertido en una herramienta de trabajo. Normalmente la garantía no suele cubrir los daños accidentales por lo que es recomendable adquirir un seguro que cubra todos los aspectos posibles.

Un seguro de móvil puede ser muy útil o una pérdida de dinero según las averías que cubra, algunos seguros del hogar se hacen cargo del robo e incluso de la reparación en algunos casos. Sin embargo, existen seguros específicos que tienen mayores coberturas y que hay que elegir el que más se adapta. Un buen seguro de móvil puede evitar tener que pagar grandes facturas por repararlo, pero hay que tener en cuenta todas las condiciones que ofrecen.

El seguro más básico suele cubrir las averías accidentales como pantallas rotas o golpes, aunque hay otros más completos que también cubren el robo. Estos son los aspectos que se deben tener en cuenta para contratar un seguro de móvil:

  1. Comparar las coberturas que ofrecen. Muchos seguros anulan la póliza si se supera el importe del teléfono o establecen un máximo de reparaciones.
  2. Comprobar que cubre los accesorios del móvil, tales como la batería o incluso cargadores. Estos no quedan cubiertos con la garantía del teléfono y muchas aseguradoras también se han desentendido de su mantenimiento. La batería, junto con la pantalla, es uno de los elementos que más problemas da por lo que es importante que el seguro cubra todas sus posibles averías.
  3. Muchas aseguradoras se encargan de recuperar los datos del teléfono, realizar una copia de seguridad o gestionar el bloqueo y localización del dispositivo en caso de robo. Este aspecto puede ser muy relevante si el móvil es una herramienta de trabajo.
  4. Que su precio sea máximo un tercio del valor del móvil. Pagar más dinero por él no merece la pena, ya que si se estropea sale más rentable comprar uno nuevo. Sin embargo, también hay que tener en cuenta el precio del teléfono, ya que cuanto más caro sea, será más recomendable.
  5. Las operadoras suelen aprovechar los seguros para fidelizar clientes y exigir una vinculación, por lo que si no quieres permanencia, las aseguradoras tradicionales ofrecen seguros para móviles a precios similares. En Grupo Quílez hay diferentes posibilidades para proteger los dispositivos móviles con una gran cantidad de ventajas.

Sin embargo, si no estás convencido de contratar un móvil, la Ley 23/2003 de Garantías en la Venta de Bienes de Consumo obliga a los vendedores a responder ante posibles fallos de fabricación en un periodo de dos años aproximadamente.

¿Es obligatorio contratar un seguro para mi perro?

Compartir la vida con un animal doméstico es maravilloso. Pero como propietario de una mascota debes buscar siempre asegurarte de que tu mejor amigo esté a salvo. Aseguras tu casa, tu coche, tu salud… ¿y por qué no la de tu amigo peludo?

Existen tres tipos de seguros para mascotas que debes tener en cuenta:

Lo primero que debes contratar si tienes una mascota es un seguro básico como es el de Responsabilidad Civil. Este seguro responde a los daños que pueda ocasionar tu mascota a terceros. Dependiendo siempre de la aseguradora tendrá un capital destinado para cubrir los costes tanto materiales como lesiones corporales provocado por su mascota. Además, si en el momento de la lesión era otra persona distinta al propietario quién paseaba a la mascota también quedaría cubierto. En Grupo Quílez disponemos de seguros de Responsabilidad Civil para tu mascota, para que puedas disfrutar con total tranquilidad de tu amigo peludo ante cualquier riesgo o circunstancia desde reclamaciones por daños a terceros hasta accidentes que pueda sufrir el propio animal.

Por otro lado, está el seguro veterinario que cubre los costes de asistencia veterinaria siempre y cuando la causa sea un accidente o enfermedad, es decir, te garantizan los servicios de consultas veterinarias, radiografías, intervenciones quirúrgicas, hospitalización del animal o análisis de laboratorio que tienen un precio bastante alto al tratarse de un servicio privado. Dependiendo de cada compañía, paga hasta un límite máximo anual, que puede ser de 1000, 1500 o 2000 euros.

Hay que señalar que este tipo de seguros, a veces, cubre la protección ante un robo, muerte accidental, extravío o sacrificio, aunque debes tener en cuenta que no suele aceptar a perros de más de siete años de edad.

Desde Grupo Quílez te aconsejamos tener en cuenta cuatro aspectos antes de contratar un seguro para tu mascota:

  1. Que la póliza a contratar cubra los gastos por asistencia veterinaria, tanto cuando la causa haya sido un accidente como una enfermedad.
  2. Si existe cláusula de copago, es decir, si se reembolsa el total de los gastos veterinarios o si por cada siniestro debe debes pagar una parte.
  3. La posibilidad de poder elegir a tu veterinario habitual.
  4. Conocer las condiciones generales de cada compañía, pues puede haber enfermedades o tratamientos que no estén cubiertos.

Una vez que conoces todos los tipos de seguros que existen para cuidar de tu mascota responderemos a la pregunta que todos los dueños se hacen ¿es obligatorio?, la respuesta es “No”. La Ley 50/1999 solo obliga a contratar un seguro cuando la mascota está dentro de las razas “potencialmente peligrosas” como son los rottweiler, pit bull terrier, Staffordshire bull terrier, american Staffordshire terrier, dogo argentino, fila brasileiro, akita inu y tosa inu, así como la mezcla de estas razas.

Los bancos deberán pagar todos los intereses por los gastos de gestoría y tasación en las hipotecas

¿Deben pagar los bancos los intereses por los gastos de gestoría y tasación en las hipotecas?. Seguro que en las últimas semanas has recibido respuestas, tanto negativas como positivas a esta pregunta. Nosotros vamos a tratar de sacarte de dudas. En este post te vamos a explicar el cómo y el porqué son los bancos quienes deberán pagar todos los intereses por los gastos de gestoría y tasación en las hipotecas. La respuesta a la última gran pregunta de 2018 y la primera de 2019.

Lo primero que tienes que saber es que sí, los bancos deberán pagar todos los intereses por los pagos que los consumidores con una hipoteca hicieron por gastos de gestoría y tasación. Se trata de una cláusula que la Justicia ha considerado abusiva, después de que el Tribunal Supremo haya establecido que los intereses legales se devengan desde la firma del préstamo, y no desde que se interpuso la reclamación.

De esta forma la sentencia revierte así la decisión previa que consideraba que los intereses legales debían devengarse solo desde la fecha de la reclamación extrajudicial, en lo que es el primer pronunciamiento del Tribunal Supremo sobre cómo se calculan esos intereses que se derivan de las cantidades que el banco debe abonar al prestatario tras la anulación de la cláusula de gastos.

Así, el pleno de la sala de lo Civil estima el recurso interpuesto por un consumidor y entiende que si la entidad tiene que hacerse cargo de los gastos de gestoría y tasación, también ha de afrontar los intereses vinculados a éstos.

Finalmente, la justicia ha determinado que no se trata de abonos hechos por el consumidor al banco que éste deba devolver, como intereses o comisiones, sino pagos hechos por el consumidor a terceros, en este caso, a la gestoría y al tasador, en virtud de la imposición contenida en la cláusula abusiva.

Se elimina esa cláusula del contrato y el banco debe pagar
Así pues, una vez se considera abusiva la cláusula de gastos el resultante es que debe actuarse como si la cláusula nunca se hubiera incluido en el contrato. De esta forma, cada parte debe afrontar cada uno de los gastos discutidos según nuestro ordenamiento jurídico. Lo que significa que debe imponerse a la entidad prestamista el abono al consumidor de las cantidades que le hubiera correspondido pagar de no haber existido la estipulación abusiva.

Entonces, queda claro que este enriquecimiento injusto de una de las partes repercute de forma positiva en el consumidor que ve así recompensados sus derechos.

Recomendaciones para cerrar el año fiscal sin sobresaltos

La Navidad ya ha pasado. Dejamos atrás 2018 y encaramos un nuevo año que, no obstante, hereda algunas obligaciones del que hemos dejado atrás. En el caso de los autónomos y empresarios, el siempre engorroso cierre fiscal, un trabajo que es más que recomendable confiar a profesionales, como GRUPO QUÍLEZ. Sin embargo, es positivo tener en cuenta algunas recomendaciones para cerrar el año fiscal.

  • En primer lugar, regulariza el listado de ingresos y gastos. Si durante los cuatro trimestres lo has llevado al día te será mucho más fácil, y te permitirá conocer en tiempo real el estado de tu empresa para poder tomar decisiones empresariales con seguridad.
  • En este sentido, no te olvides de presentar la documentación relativa a retenciones del IRPF para la liquidación anual, tanto si se realizan por trabajos facturados (modelo 190) como si son derivados de alquileres (modelo 180). Es más que recomendable llevarlo al día para evitar olvidos y posteriores sanciones.
  • Debes saber que para cerrar el año fiscal tu asesoría debe presentar documentos Impuestos de Sociedades y los modelos anuales de impuestos IVA, así como la amortización de los activos. Las fechas de presentación son para las declaraciones trimestrales de IVA hasta el 21 de enero (incluido). Las declaraciones anuales de IVA hasta el 30 de enero (modelo 390) y el 31 de enero para Renta y Sociedades (modelos 190 y 180).
  • No te olvides de registrar tu cuota de autónomo (sí, es deducible), así como los seguros de salud
  • ¿Tienes préstamos? No te olvides de incluirlos.
  • Lo más importante: deja en manos de profesionales los engorrosos trámites administrativos. Tu negocio te necesita activo, desarrollando tu actividad y comercializándola. Los servicios de una asesoría profesional son una inversión que te va a resultar muy rentable. ¡Llámanos y te informaremos de cómo podemos ayudarte!

Las 5 normas nuevas que debes conocer para circular por las carreteras españolas en 2019

El Consejo de Ministros aprobó el pasado 28 de diciembre un Real Decreto que modifica algunas de las normas viales con el objetivo de reducir la siniestralidad en las carreteras. Estas son las medidas que entrarán en vigor en 2019:

  1. Disminuye la velocidad máxima en carreteras convencionales a 90 km/h. Las vías de doble sentido reducirán su límite de velocidad de 100 a 90 km/h, independientemente de la anchura del arcén, una medida que afecta a más de 10.000 kilómetros de carretera. El límite de 100 km/h se mantendrá en aquellas vías de doble sentido pero que estén separadas físicamente.
  2. Otra de las normas previstas es disminuir el límite de velocidad en vías urbanas a 30 km/h en calles de un solo carril. En muchas ciudades ya se aplica esta medida para facilitar la convivencia entre peatones y conductores y así reducir el número de muertos en ciudades, pero desde el Gobierno se pretende unificar esta medida.
  3. Reforzar el carné por puntos en algunos comportamientos que se consideran peligrosos como el manejo del móvil al volante, que restará 6 puntos en lugar de los 3 actuales. También se penalizará más duramente no utilizar correctamente los sistemas de seguridad y circular con exceso de velocidad.
  4. Modificación del sistema para obtener el permiso de conducir, ya que será obligatorio superar un curso presencial para poder examinarse del teórico de 6 u 8 horas, según el tipo de permiso. Por otro lado, por cada examen práctico no apto, el alumno estará obligado a recibir 5 clases prácticas, como mínimo, para poder presentarse de nuevo.
  5. Se endurecen las penas por imprudencias al volante, que supondrán de 4 a 9 años de cárcel. Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas será un agravante y no un atenuante como anteriomente. También se considerará delito el abandono del lugar del accidente.

Ahora ya tienes la información. Recuerda seguir las normas y tener mucha precaución al volante. Y si todavía no tienes el permiso de conducir, llámanos y te informaremos sobre cómo obtenerlo con todas las garantías de GRUPO QUÍLEZ.

El limbo legal de los patinetes eléctricos

En los últimos meses, la demanda de los patinetes eléctricos como una alternativa de movilidad urbana ha ido creciendo de forma considerable, planteando diferentes preguntas: ¿por dónde deben circular?, ¿deben usar casco sus conductores? o ¿existe algún seguro para casos de accidentes? Debido a la capacidad de cada ciudad para decidir sobre este tipo de vehículos, las actuales regulaciones difieren en gran medida en los diferentes municipios que todavía están adaptando sus leyes para este tipo de transporte.

Por su parte, la Dirección General de Tráfico (DGT) está estudiando diversas medidas para regular los patinetes eléctricos que se encuentran dentro de la tipología de los vehículos de movilidad personal (VMP) es decir, no pueden ser considerados ni peatón, ni vehículo. Entre las medidas que plantea la DGT está la limitación de la velocidad a 25km/h, prohibir el uso de auriculares y la circulación por las aceras, así como la posibilidad de realizar test de alcoholemia y drogas a los usuarios.

En cuanto a los seguros, la novedosa integración de estos vehículos a nuestro día a día ha provocado algún que otro vacío legal sobre todo, a la hora de establecer responsables en casos de accidentes, ya que cualquier miembro de la familia puede usarlo. Tanto la DGT como el Ministerio del Interior barajan la posibilidad de exigir un seguro obligatorio a los usuarios ya que pueden causar daños a terceros, al igual que cualquier otro medio de movilidad. Aunque por el momento, cada ayuntamiento puede regular de forma independiente el uso de los patinetes hasta que se formule una normativa que englobe a todos los vehículos. No obstante, ya existen aseguradoras que, dependiendo de la clasificación de dichos vehículos, incluyen la responsabilidad civil del conductor dentro de la póliza de hogar o bien en póliza especifica.

Por otra parte diferentes ayuntamientos, como el de Valencia, están perfilando cambios en sus normativas de circulación para incluir las directrices marcadas por la DGT, como la obligación de que los patinetes eléctricos circulen en la medida posible por el carril bici a una velocidad máxima de 20km/h, quedando totalmente prohibido su circulación por las aceras. También podrán ir por las ciclocalles, vías de sentido único y la zona 30 a no más de 30 km/h.

Si tiene cualquier duda sobre sus necesidades en este tema, no dude en ponerse en contacto con GRUPO QUÍLEZ, donde analizaremos detalladamente su caso personal y le asesoramos profesionalmente como expertos en riesgos y seguros.