Declaración de la Renta: los cinco errores más comunes

El pasado 1 de abril comenzó la campaña de la Declaración de la Renta 2019. Este trámite administrativo, que dura hasta el 1 de julio, es uno de los mayores quebraderos de cabeza de los contribuyentes pues el desconocimiento y las prisas, a veces, nos hacen cometer errores que son tan frecuentes como evitables y que pueden tener graves consecuencias.

Los cinco errores más comunes a la hora de realizar la Declaración de la Renta son:

1. Cambios en la situación familiar. Lo primero que debes tener en cuenta para realizar la declaración de la renta son los cambios de estado civil, defunciones, divorcios o nacimientos, así como comprobar que Hacienda tiene tus datos actualizados a la hora de presentar tu declaración. Lo mismo ocurre si has tenido hijos, ya que puedes beneficiarte de las deducciones o beneficios tributarios. Recuerda que el borrador de la renta puede contener errores, por lo que debes revisarlo siempre.

2. Declaración conjunta o individual. Para tener opción de realizarla de forma conjunta, los contribuyentes deben formar parte de una unidad familiar, es decir, estar casados, tener hijos en común o ambas. Realizar la declaración de forma conjunta puede ser interesante: para los matrimonios en los que uno de los cónyuges no recibe ingresos o para las familias monoparentales, cuando los hijos no perciben rentas. Sin embargo, las parejas de hecho sin hijos no pueden optar por la tributación conjunta. En la mayoría de los casos no merece la pena realizarla de forma conjunta si los dos trabajan. En Grupo Quílez podemos asesorarte y darte la mejor opción para tu caso.

3. Hacer la declaración o no. Según la Agencia Tributaria, están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas residentes en España. No tendrán que hacerlo aquellos que hayan percibido, exclusivamente, rentas procedentes de rendimientos del trabajo personal, iguales o inferiores a 22.000 euros anuales siempre y cuando procedan de un solo pagador. Tampoco cuando existan varios pagadores, no se supere la cuantía total de 12.643 € (12.000 € si el contribuyente falleció antes del 05/07/2018) y la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no superen en su conjunto la cantidad de 1.500 euros, o cuando los únicos rendimientos de trabajo consistan en prestaciones pasivas.

4. No incluir deducciones fiscales. Algunos de los errores más habituales que encontramos en el borrador es por ejemplo: no aplicar correctamente las deducciones por el nacimiento de un hijo durante el ejercicio fiscal o las que corresponden por la adquisición de la vivienda habitual, así como las autonómicas.

5. Planes de pensiones. A pesar de que el borrador tiene incluidas las aportaciones a planes de pensiones de acuerdo a los datos suministrados por la gestora, conviene verificarlos antes de validarlo. Y es que estas aportaciones permiten rebajar la base imponible.

Debes ser consciente de que la Agencia Tributaria no se responsabiliza de los errores, aunque el fallo estuviera en el borrador, por lo tanto, el mejor consejo que os podemos dar desde Grupo Quílez es repasar con calma la declaración de la renta y comprobar que todos los datos estén correctos. Y, si tienes dudas, consultar a nuestros profesionales y confiar en la profesionalidad y experiencia de Grupo Quílez.