Las dudas sobre la indemnización cuando una persona es despedida de su trabajo siempre ocasiona mucha incertidumbre sobre si la empresa está o no obligada a pagar una cuantía por ese despido. Desde Grupo Quílez queremos despejar todas las dudas explicando los diferentes tipos de despido que existen y la cuantía que conlleva cada uno.
¿Qué es una indemnización por despido?
Se trata de una compensación económica que percibe un trabajador que ha sido despedido. Aunque no siempre existe la obligatoriedad de indemnizar a un trabajador, para ello, antes de calcular la cantidad, debemos conocer si la calificación del despido implica indemnización o no.
Importante. Nunca debemos confundir la indemnización con el finiquito, pues el segundo siempre se realiza, sea cual sea, el motivo del despido.
¿Cuándo podemos cobrar una indemnización por despido?
Como hemos mencionado en el apartado anterior, para saber si existe obligación de indemnizar a un trabajar por su despido, así como conocer la cantidad de la misma, primero debemos saber la calificación del despido. Existen un total de 5 despidos: despido improcedente, despido procedente, despido nulo, despido objetivo y despido colectivo.
Veamos las características de cada uno:
- Despido improcedente. Hablamos de aquellos casos en los que el despido se realiza de manera injustificada. En esta situación la empresa puede readmitir al empleado (no habría indemnización) o finalizar su contrato de trabajo (sí habría indemnización). En cuanto a la cuantía, al trabajador le corresponde 45 días de salario por cada año trabajado hasta el 12 de febrero de 2012 (con un límite de 42 mensualidades) y 33 días de salario por cada año trabajado a partir del 12 de febrero de 2012 (con un límite de 24 mensualidades).
- Despido procedente. En este caso, el empresario ha justificado de forma correcta el despido por lo que no está obligado a indemnizar al trabajador.
- Despido nulo. Un despido es nulo cuando atenta contra los derechos fundamental y libertades de un trabajador. Por lo tanto, la indemnización no tiene lugar pues el trabajador sería readmitido.
- Despido objetivo. Este tipo de despido se basa fundamentalmente en razones técnicas, económicas o de fuerza mayor. Normalmente la indemnización equivale a 20 días de salario por año trabajado con un límite de 12 mensualidades.
- Despido colectivo. Este último se refiere a un despido de varios trabajadores bajo un mismo argumento. Esto implica una indemnización de 20 días de salario por año trabajado con un límite de 12 mensualidades. Aunque en estos casos, los empleados suelen recurrir a sindicatos con la posibilidad de aumentar la cuantía.
3 consejos prácticos ante un despido
Sabemos que al recibir una carta de despido lo más normal es que estes nervioso, no leas con detenimiento todo lo que pone y firmes sin saber exactamente, en muchos casos, cual es el motivo del despido. Desde Grupo Quílez te damos 3 consejos prácticos:
- Exige siempre la carta de despido por escrito.
- Identifica el tipo de despido ante el que te encuentras.
- Comprueba todos los conceptos del finiquito.
Si tienes alguna duda sobre este tema, estaremos encantados de atenderte.