La importancia del asesoramiento fiscal en la planificación empresarial

En el complejo mundo empresarial actual, la planificación fiscal se ha convertido en un elemento crucial para el éxito y la sostenibilidad a largo plazo de cualquier negocio.

La gestión eficiente de las obligaciones fiscales no solo permite optimizar la carga fiscal, sino que también contribuye a la toma de decisiones estratégicas y a la prevención de riesgos legales.

Servicios de una asesoría fiscal

Planificación fiscal. Los asesores fiscales realizan un análisis de la situación financiera de sus clientes con el objetivo de proponerles soluciones que reduzcan su carga fiscal, optimizar la carga tributaria dentro del marco legal y aprovechar al máximo las deducciones y beneficios fiscales disponibles.

Declaración de impuestos. Otra de sus funciones es la preparación y presentación de declaraciones de impuestos, augurándose siempre del cumplimiento de las obligaciones tributarias, evitando errores y sanciones.

Representación ante la Administración Tributaria. El asesor fiscal será el encargado de defender los intereses de su cliente en caso de inspecciones, asimismo se propondrá la mejor solución ante requerimientos o recursos.

Asesoramiento en operaciones empresariales. En estos casos, la primera labor del asesor fiscal es realizar un análisis de las implicaciones fiscales de fusiones, adquisiciones… con el objetivo de proponer las mejores soluciones que permitan minimizar la carga tributaria.

La figura del asesor fiscal ayudará a tu empresas a ahorrar dinero en impuestos, a cumplir con las obligaciones fiscales, a evitar posibles errores y sanciones, a tomar decisiones estratégicas y a proteger tus intereses ante la Administración Tributaria.

¿Cuándo es necesario contar con un asesor fiscal?

Actualmente existen ciertas situaciones en las que contratar a un asesor fiscal es fundamental, pues su experiencia y conocimiento profundo del marco legal y normativo puede aportar un valor significativo a la planificación empresarial, brindando apoyo en diversos aspectos.

Desde nuestra asesoría fiscal y laboral siempre recomendamos contratar a un profesional en las siguientes situaciones:

  • Inicio de un nuevo negocio. Es fundamental para establecer la estructura fiscal adecuada desde el principio.
  • Cambios en la legislación fiscal. El asesor fiscal asegura la adaptación a las nuevas normativas.
  • Realización de inversiones o transacciones importantes. El asesoramiento fiscal minimiza los riesgos y optimiza la carga fiscal.
  • Situaciones de conflicto con las autoridades fiscales. El asesor fiscal representa y defiende los intereses del negocio.

Por lo tanto, invertir en asesoramiento fiscal es una decisión inteligente que reporta beneficios tangibles a corto, mediano y largo plazo. Un asesor fiscal se convertirá en un aliado estratégico para el éxito empresarial, brindando seguridad, eficiencia y tranquilidad a los emprendedores y propietarios de negocios.

Grupo Quílez, tu asesoría de confianza

Desde Grupo Quílez consideramos que el asesoramiento fiscal es clave en la planificación empresarial, ya que se trata de un socio estratégico para tu empresa, pues te proporciona las herramientas y el conocimiento necesario para navegar con éxito en el complejo panorama fiscal actual.

Por ello, es importante elegir un asesor fiscal con experiencia y formación adecuada, que pueda ofrecer un servicio personalizado y adaptado a las necesidades específicas de cada cliente. Si necesitas ayuda con la gestión fiscal de tu empresa o de tu patrimonio personal, no dudes en contactarnos.

Novedades fiscales para 2024: toda la información

El año 2024 llega con novedades fiscales para los ciudadanos españoles, autónomos y empresas. Algunas de estas novedades son positivas, como el aumento del mínimo exento en el IRPF, mientras que otras son negativas, como la reducción de los incentivos fiscales para el alquiler de viviendas.

Aumento del mínimo exento en el IRPF

El mínimo exento en el IRPF, es decir, la cantidad de ingresos que no están sujetos a tributación aumenta en 2024 a 15.000 euros para los contribuyentes individuales y a 30.000 euros para los contribuyentes casados o con hijos a cargo. Esta medida beneficiará a más de 10 millones de contribuyentes y supondrá un ahorro fiscal de unos 2.000 millones de euros.

Reducción de los incentivos fiscales

La reducción de los incentivos fiscales para el alquiler de viviendas es una de las novedades fiscales más destacadas de 2024. El porcentaje de reducción aplicable al rendimiento neto positivo del capital inmobiliario, que se aplica a los ingresos procedentes del alquiler de viviendas, disminuye en 2024 del 60 % al 50 %. Esta medida afectará a los contratos que se firmen a partir de enero de 2024.

Otras novedades fiscales

Además de estas novedades, el año 2024 también trae consigo otras novedades fiscales, como las siguientes:

  • Declaración y tributación de activos digitales: Los contribuyentes que posean activos digitales, como criptomonedas o NFT, deberán declararlos en su declaración de la Renta y tributar por los beneficios obtenidos.
  • Aumento del Impuesto sobre la Nómina: El Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), aplicado desde 2023 para financiar las pensiones, aumentará su tipo al 0,7% en 2024, dividiéndose entre empresa (0,58%) y trabajador (0,12%). Esta medida significa que, por ejemplo, un empleado con un salario bruto mensual de 1.900 euros pagará unos 13 euros más al mes.
  • Exención del Impuesto de Sucesiones en la Comunidad Valenciana: Este impuesto se verá significativamente reducido o eliminado gracias a bonificaciones del 99% al 100%.
  • Obligación de presentar la declaración de la Renta para todos los autónomos: Todos los autónomos, independientemente de sus ingresos, deberán presentar la declaración de la Renta a partir de 2024.
  • Fin de las reducciones extraordinarias en el IRPF para autónomos: Los autónomos que tributen por el sistema de módulos verán eliminada la reducción extraordinaria del 10% en el IRPF, aumentando su carga fiscal en una media de 280 euros al año.
  • Novedades en el Impuesto al plástico no reutilizable: Las empresas necesitarán una certificación emitida por entidades acreditadas para no tributar por plásticos reciclados.
  • Impuesto mínimo del 15% para multinacionales y grandes grupos: Las multinacionales y grandes grupos con un volumen de negocio superior a los 750 millones de euros deberán asegurar una tributación mínima del 15%.
  • Fiscalidad de las ventas en plataformas online: Las plataformas digitales deberán informar a Hacienda sobre las ventas realizadas por usuarios, tanto profesionales como particulares, que superen las 30 operaciones anuales o los 2.000 euros en ventas.
  • Prórroga del IVA reducido en alimentos y energía: Se mantendrá la reducción del IVA en alimentos básicos y se espera una prórroga en la reducción del IVA a la electricidad y al gas natural.

Impacto de las novedades fiscales

El impacto de las novedades fiscales en España para 2024 es desigual. El aumento del mínimo exento en el IRPF beneficiará a los contribuyentes con rentas bajas y medias, mientras que la reducción de los incentivos fiscales para el alquiler de viviendas afectará a los propietarios

Descubre el Calendario Laboral 2024 en la Comunidad Valenciana

En Grupo Quílez queremos ofrecerte información relevante para gestionar eficientemente tus recursos humanos. El calendario laboral de la Comunidad Valenciana para el año 2024 presenta una distribución de 12 festivos, abarcando tanto celebraciones estatales como autonómicas. Además, es importante tener en cuenta que cada ayuntamiento elige dos festivos de carácter local.

A continuación, te ofrecemos la lista completa de festivos en la Comunidad Valenciana para el año 2024:

  • 1 de enero, lunes: Año Nuevo
  • 6 de enero, sábado: Reyes
  • 19 de marzo, martes: San José (festivo autonómico)
  • 29 de marzo, viernes: Viernes Santo
  • 1 de abril, lunes: Lunes de Pascua (festivo autonómico)
  • 1 de mayo, miércoles: Fiesta del Trabajador
  • 15 de agosto, jueves: Asunción de la Virgen
  • 9 de octubre, miércoles: Día de la Comunidad Valenciana
  • 12 de octubre, sábado: Fiesta Nacional de España
  • 1 de noviembre, viernes: Todos los Santos
  • 6 de diciembre, viernes: Día de la Constitución
  • 25 de diciembre, miércoles: Navidad

En Grupo Quílez, estamos aquí para apoyarte en la gestión eficiente de tu empresa. No dudes en contactarnos para obtener asesoramiento personalizado en temas laborales. ¡Confía en nosotros para simplificar tus procesos laborales y optimizar tu tiempo!

¿Es recomendable que una empresa externalice las nóminas?

La externalización de las nóminas es una práctica muy frecuente tanto en pequeñas como grandes empresas. Aunque también hay muchas empresas que no se atreven a delegar esta tarea, normalmente por desconocimiento. Como asesores, hoy vamos a explicar cuáles son las ventajas y desventajas de externalizar las nóminas.

Ventajas de la externalización de nóminas

La externalización de nóminas puede ser una opción viable para muchas empresas, ya que puede ofrecer varios beneficios. Algunas de las razones por las cuales una empresa podría decidir externalizar sus nóminas pueden incluir:

Ahorro de tiempo y recursos: Externalizar las nóminas puede permitir que los empleados de la empresa se centren en otras tareas importantes, ya que no tendrán que dedicar tiempo y recursos a procesar las nóminas.

Acceso a conocimientos especializados: Las empresas de externalización de nóminas suelen contar con profesionales especializados en el campo, lo que significa que la empresa contratante puede beneficiarse de su experiencia y conocimientos.

Mayor precisión: Las empresas de externalización de nóminas utilizan software y herramientas especializadas para procesar las nóminas, lo que puede reducir la posibilidad de errores y asegurar la precisión.

Cumplimiento normativo: Las empresas de externalización de nóminas suelen mantenerse al día con las normativas y regulaciones aplicables, lo que puede ayudar a evitar multas y sanciones.

En resumen, la externalización de nóminas puede ser una opción viable para algunas empresas, dependiendo de sus necesidades y circunstancias específicas. Se recomienda que la empresa evalúe cuidadosamente los pros y los contras antes de tomar una decisión.

Desventajas de externalizar las nóminas

Sin embargo, es importante tener en cuenta que la externalización de nóminas también puede tener algunas desventajas. Por ejemplo, puede ser costoso, especialmente para pequeñas empresas, y puede requerir la divulgación de información confidencial a terceros.

  1. Costos: La externalización de las nóminas puede ser costosa, especialmente para pequeñas empresas que tienen menos recursos para invertir en este tipo de servicios.
  2. Falta de control: Al externalizar las nóminas, la empresa puede perder cierto control sobre la gestión de su propio personal, lo que puede generar cierta incertidumbre en cuanto a la calidad y la precisión de las nóminas.
  3. Confidencialidad: Al compartir información confidencial con terceros, existe el riesgo de que esta información pueda ser mal utilizada o expuesta de manera inadecuada.
  4. Problemas de comunicación: En algunos casos, la empresa contratante puede tener dificultades para comunicarse con la empresa de externalización de nóminas, lo que puede generar retrasos y confusiones en el proceso de gestión de las nóminas.
  5. Falta de personalización: Las empresas de externalización de nóminas suelen ofrecer servicios estándar que no siempre se ajustan a las necesidades específicas de cada empresa.

Es importante evaluar cuidadosamente los pros y los contras de externalizar las nóminas antes de tomar una decisión. En algunos casos, la externalización puede ser una opción viable, mientras que, en otros casos, puede ser más beneficioso mantener la gestión de las nóminas internamente. Si tienes cualquier duda, llámanos.

El IVA, ¿se puede deducir o no?

La deducibilidad del IVA depende de varios factores, como la naturaleza del gasto, la actividad económica realizada, el país en el que se encuentra el negocio, entre otros. En el artículo de hoy daremos respuesta a dos preguntas que seguro que te has planteado alguna vez: ¿es deducible el IVA de las comidas con clientes? O ¿qué tipo de IVA me puedo desgravar? ¡Coge papel y boli!

IVA en las comidas del cliente, ¿es deducible?

En general, el IVA soportado en gastos de comida con clientes o proveedores no es deducible, ya que se considera un gasto de representación y por lo tanto, no está vinculado directamente a la actividad económica del negocio.

Por supuesto, siempre existen algunas excepciones a esta regla. Por ejemplo, en algunos casos, el IVA soportado en gastos de comidas puedes ser deducible siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos, como que la comida sea necesaria para el desarrollo de la actividad empresarial y que el gasto esté debidamente justificado.

Es importante tener en cuenta que las normativas fiscales varían según el país, por lo que es recomendable consultar con un asesor fiscal local para obtener información más precisa y detallas. En Grupo Quílez encontrarás a los mejores profesionales que te ayudarán a resolver todas tus dudas.

¿Qué tipo de IVA me puedo deducir de mis facturas?

Si tienes una empresa o eres autónomo seguro que te has hecho esta pregunta en más de una ocasión. Lo primero que debes saber es que el IVA que se puede deducir es el IVA soportado en la adquisición de bienes y servicios que se utilizan directamente en la actividad económica del negocio. Esto incluye el IVA de las compras de materias primas, maquinaria, servicios profesionales, alquiler de locales, entre otros.

Sin embargo, como ya hemos mencionado, existen ciertas limitaciones y excepciones en cuanto a la deducibilidad del IVA, dependiendo del país y de la actividad económica realizada. Por ejemplo, en algunos países el IVA soportado en la adquisición de vehículos o en gastos de representación no es deducible.

Cabe destacar que, para poder deducirte el IVA, se deben cumplir ciertos requisitos y formalidades, como estar inscrito en el registro de operadores intercomunitarios, conservar las facturas y justificar la relación entre los gastos y la actividad económica del negocio.

Si tienes cualquier duda, llámanos o envíanos un correo electrónico. En Grupo Quílez estaremos encantados de ayudarte.

¿Qué documentos se necesitan para crear una empresa?

Crear una empresa es toda una aventura que implica tener conocimientos sobre los pasos legales y administrativos que se deben llevar a cabo. En este artículo encontrarás respuesta a algunas de tus principales dudas.

5 documentos imprescindibles para la creación de una empresa

Los documentos necesarios para crear una empresa pueden variar según el país y la forma jurídica elegida para la empresa. Sin embargo, a continuación, te contamos los documentos que sí o sí debes presentar en la mayoría de los casos:

Documento de identidad

Los fundadores y/o administradores de la empresa deben presentar su documento de identidad (DNI o pasaporte) para acreditar su identidad.

Certificado de denominación social

Lo primero que debes hacer es solicitar la certificación de denominación social para ellos deben consignarse los siguientes datos: interesado/beneficiario de la certificación, denominación social y la forma social. No olvides apuntarte el plazo de vigencia de la certificación, de normal son seis meses de reserva de la denominación si en ese tiempo no se ha realizado la inscripción en el Registro Mercantil Provincial se dará de baja dicha denominación.

Este trámite se puede realizar directamente en las oficinas del registro Mercantil Central, por correo o por vía telemática.

Este documento acredita que la denominación social elegida para la empresa no está en uso por otra empresa y que es legalmente válida.

Escritura de constitución

Este documento es imprescindible para poder formalizar la creación de la empresa ante un notario público, ya que establece las normas y regulaciones internas de la empresa. Para este proceso son necesarios los siguientes documentos: certificación de la denominación del Registro Mercantil Central, la certificación bancaria del depósito del capital social, el DNI de los socios fundadores y los estatutos sociales.

Número de identificación fiscal

Se trata de un número de identificación fiscal único que se asigna a la empresa y que se utiliza para fines fiscales y administrativos. Para conseguir el NIF hay que rellenar el modelo 036, aportar el DNI de la persona que firme y aportar una copia simple de la escritura de la constitución (facilitada por el notario).

Licencias y permisos

Dependiendo del tipo de empresa y la actividad que se vaya a desarrollar, pueden ser necesarias ciertas licencias y permisos específicos.

Recuerda que estos son solo algunos de los documentos necesarios para crear tu empresa, pero pueden variar, por ello, recomendamos consultar a un asesor legal o un gestor administrativo para obtener información concreta para tu caso. Si tienes alguna duda en Grupo Quílez contamos con profesionales cualificados para ayudarte a crear tu empresa. ¡Llámanos!

¿Qué es el modelo 036?

Las sociedades, trabajadores y empresas independientes que quieren desarrollar una actividad profesional en nuestro país, están obligados a registrarse en la Agencia Tributaria, mediante un documento estandarizado denominado Modelo 036.

Hoy te explicamos desde GRUPO QUILEZ todo acerca del modelo 036 para darte de alta como empresario u autónomo. Coge papel y boli, y ¡toma nota!

¿Qué es y para qué sirve el modelo 036?

Se trata del documento mediante el cual informamos a la Agencia Tributaria sobre los datos censales de nuestro negocio, por ejemplo, datos personales, fiscales y empresariales, tanto si eres autónomo como una Sociedad Limitada.

Es decir, es el primer paso para inscribirte en el censo de empresarios, profesionales y retenedores en régimen general y por supuesto, sirve para darte de alta en Hacienda y poder realizar tu actividad profesional.

Este modelo también sirve para:

  • Comunicar la baja de tu actividad.
  • Comunicar modificaciones en la actividad.

En cuanto a los plazos de presentación, este modelo se presenta antes de iniciar una actividad, no hay fechas fijas.

¿Quién debe presentarlo a Hacienda?

Están obligados a presentar el modelo 036:

  • Autónomos y Sociedades Limitadas que vayan a realizar una actividad económica en España.
  • Todas las personas que abonen rentas con retención de IRPF.
  • Empresas y autónomos que reciban servicios prestados por otras empresas o profesionales que no apliquen IVA.
  • Empresarios y autónomos no residentes en España, pero si con operaciones dentro del país.
  • Todas las personas que no dispongan de NIF.

Estos son solo algunos de los grupos que están obligados a presentar este documento, aunque si tienes dudas sobre sí debes o no rellenarlo, o cuáles son los campos que debes completar según tu actividad, en Grupo Quílez estamos a tu disposición para ayudarte y orientarte.

¿Existen diferencias entre el Modelo 036 y el Modelo 037?

La principal diferencia entre ambos documentos es que el modelo 036 incluye todas las variedades y actividades que puede necesitar una empresa u autónomo. Sin embargo, el modelo 037 no es válido para todos los casos, es decir, solo es accesible para unos pocos.

Por lo tanto, antes de darnos de alta tendremos que analizar cuál es de la dos opciones vamos a necesitar.

Ejemplo:

  • Necesitarás el modelo 037 si tu actividad se va a limitar a un servicio dentro del territorio español y este no va a estar cometido a ningún régimen ni impuesto especial.
  • Necesitarás el modelo 036 si quieres vender a distancia, formar parte de una gran empresa o realizar operaciones con otros países.

Ahora ya conoces los dos modelos con los que puedes darte de alta en Hacienda. Desde Grupo Quílez siempre recomendamos contratar a un asesor que te oriente para seleccionar la mejor opción y te ayude en todo lo que necesites. En nuestro despacho contamos con asesores tributarios y laborales que te ofrecerán un asesoramiento de calidad. ¡Llámanos!

Nueva reforma laboral, ¿cuáles son los cambios?

El pasado 30 de diciembre entró en vigor la nueva reforma laboral tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Esta nueva reforma trae algunos cambios muy significativas y que tienen como objetivo evitar la precariedad y mejorar las disfuncionalidades dentro del mercado laboral.

Desde Grupo Quílez te ofrecemos un resumen de los 7 puntos esenciales de este nuevo Real Decreto-ley.

¿Qué cambia con respecto a la anterior reforma laboral?

Esta nueva reforma no ha derogado por completo la reforma de 2012, pero si ha iniciado un cambio de rumbo en las relaciones laborales. Este cambio se basa en 7 puntos esenciales:

Contratos indefinidos, fijos-discontinuos y contratos de la construcción

En el sector de la construcción los contratos por obra pasan a ser indefinidos. Esto quiere decir que una vez que finalicen una obra, la empresa deberá recolocar a sus empleados en otra o por el contrario ofrecerles formación.

Este punto es clave en la nueva reforma laboral, pues son estos contratos los que más han incrementado la gran burbuja de los contratos temporales.

Cabe destacar, que los contratos fijos-discontinuos tienen los mismos derechos de protección social que el resto de los contratos según han anunciado desde el Gobierno.

Contratos formativos

Adiós a la explotación de los becarios. En este punto la nueva reforma laboral divide en dos los contratos formativos.

Por un lado, los contratos de formación en alternancia, es decir, para aquellas personas que compaginan estudios con alguna actividad laboral. En el caso de los estudiantes menores de 30 años, podrán tener una duración máxima de dos años y la jornada laboral no podrá ser superior al 65% durante el primer año y del 85% durante el segundo año. Así mismo, este decreto recoge que recibirán una retribución adaptada al convenio que no podrá bajar del 60% el primer año y del 75% el segundo.

Por otro lado, los contratos destinados a adquirir una práctica profesional, siempre adecuada a los niveles de estudios y con una duración mínima de 6 meses y máxima de un año. Por supuesto, su salario nunca será menor al Salario Mínimo Interprofesional proporcional a la jornada.

Administraciones públicas y becarios

Todas las personas que accedan a las administraciones públicas a través de un proceso selectivo no podrá ser despedido. Además, desde el Gobierno han anunciado que van a desarrollar el Estatuto de las Personas Becarias.

Otro punto a destacar es que se va a aplicar un plan específico de salud laboral destinado a los menores.

Negociación colectiva y convenios colectivos

Se mantiene la prioridad aplicativa del convenio empresarial respecto de los convenios sectoriales salvo el salario y los complementos.

Objetivo: evitar la precariedad laboral

Entre los objetivos marcados dentro de esta nueva reforma laboral está acabar con las disfuncionalidad del mercado laboral, por ejemplo, las altas tasas de desempleo. Para ello, esta reforma hace hincapié en la formación dentro de la empresa y contempla incentivos públicos para que las empresas inviertan en formación.

En segundo lugar estaría la precariedad, que se va a intentar mejorar evitando los contratos temporales. Y en último lugar, fomentar que el despido sea la última opción, para ello, se van a simplificar los procedimientos para que una empresa pueda acogerse a un ERTE ya sea por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Mecanismo RED

También se ha creado el llamado Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilización del Empleo, con el con el fin de reforzar el mantenimiento del empleo en las empresas que soliciten medidas de reducción de jornada y suspensión de los contratos de trabajo. La empresa podrá acogerse a determinadas exenciones a las cotizaciones a la Seguridad Social entre el 60% y el 20%, siempre y cuando la empresa desarrolle acciones formativas. Existen dos modalidades:

  • Cíclica, cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización, con una duración máxima de 1 año.
  • Sectorial, a la que podrán acogerse las empresas de un sector cuando haya necesidades de recualificación y de transición profesional, con una duración máxima inicial de un año y la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada.

Nuevos cambios fiscales para 2021

IRPF, patrimonio, sociedades, pensiones… arrancamos el año 2021 con nuevos cambios fiscales que afectarán tanto a las empresas como a los particulares.

El pasado 31 de diciembre se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una serie de medidas tributarias que entraron en vigor el 1 de enero del nuevo año. Desde Grupo Quílez te contamos todos estos cambios y novedades.

Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas

Respecto al IRPF, se ha aprobado un aumento de dos puntos para las rentas del trabajo que superen los 300.000 euros, con un incremento del tipo marginal del 45% al 47%.

Por otro lado, se incrementa en tres puntos las rentas a partir de 200.000 euros, con una subida del 23% al 26% (estas medidas solo afectan al 0,08% de los contribuyentes).

Planes de Pensiones

Las aportaciones de planes de pensiones individuales pasan de 8.000 euros a tan sólo 2.000€. Sin embargo, se aumenta el límite de aportación anual entre planes individuales y de empresas, que pasa de 8.000 euros a 10.000 euros.

Impuesto de Sociedades

Los presupuestos incluyen en los impuestos de sociedades una reducción de la exención fiscal del 100% al 95% por las plusvalías y dividendos generados por filiales en el exterior. Así mismo, las empresas que facturen menos de 40 millones de euros podrán seguir, durante tres años más, aplicando el 100%.

Cabe destacar que además se establece una tributación mínima para las sociedades cotizadas de inversión mobiliaria del 15%.

Impuesto sobre Patrimonio

Las cuentas públicas para 2021 plantean que el impuesto sobre patrimonio tenga carácter indefinido. Además, otro de los cambios es el aumento en un punto del impuesto sobre patrimonios de más de 10 millones de euros, es decir, tiene una subida del 2,5% al 2,6%.

Aumento del IVA en bebidas azucaradas y edulcoradas

Con el objetivo de fomentar hábitos más saludables, tanto las bebidas azucaradas como las edulcoradas pasarán a tributar este año del 10% al 21% afectando únicamente a su venta en supermercados y establecimientos de alimentación.

Por otro lado, estos presupuestos también han modificado el tipo impositivo sobre hidrocarburos que pasará de ser de 34,5 céntimos el litro a 30,7 céntimos.

Primas de Seguros

Las Primas de Seguros eran uno de los tributos que no sufrían ninguna modificación desde el año 1998. Pero desde el 1 de enero de 2021 este tipo de gravamen se ha visto incrementado del 6% al 8%.

Tasas Google y Tobin

Como novedad este año los Presupuesto de 2021 han creado dos nuevos impuestos: la tasa Google y la tasa Tobin.

  • La tasa Google gravará con un 3% aquellas empresas con ingresos anuales totales de, al menos, 750 millones de euros y con ingresos en España superiores a los 3 millones de euros.
  • En cambio, la tasa Tobin gravará con un 0,2% las operaciones de adquisición de acciones emitidas en España de empresas cotizadas cuya capitalización bursátil sea superior a 1.000 millones de euros.

Grupo Quílez

Si quieres saber si algunos de estos cambios fiscales te afectan a ti o a tu empresa, no dudes en ponerte en contacto con Grupo Quílez. Contamos con asesores tributarios y laborales que te ofrecerán un asesoramiento de alta calidad en todos los temas relacionados con asesoría, contable, fiscal y laboral. ¡Llámanos!